Extensión Inamovilidad Laboral - Paternidad
Se extendió la inamovilidad laboral del padre “durante el tiempo del embarazo”, es decir, desde el momento de la concepción y hasta un año después del nacimiento, al igual que la madre.

La Sala Constitucional del TSJ, basó su decisión, atendiendo a los principios constitucionales de igualdad y protección a la familia, en coherencia con lo perceptuado en el Articulo 384 de la Ley Organica del Trabajo, con respecto a la inamovilidad laboral por fuero maternal.

Implicaciones laborales
Esta nueva sentencia, amplia la protección de los trabajadores, en cuanto a su nivel de estabilidad durante el embarazo, y hasta después de un año del nacimiento. Tal circunstancia deberá ser evaluada por las empresas antes de tomar algún tipo de decisión con respecto a prescindir de los servicios de cualquier trabajador protegido. Los demás términos y condiciones con respecto a ... Ver más